Una travesía atlántica que nos lleva de una Cartagena a otra. Viajamos con aquello tan aventurero de “en busca del tesoro” Y, de los de verdad, con sus monedas de oro relucientes.
Nos tenemos que “sumergir” en las profundidades marinas. ¿Se animan? Era un decir. Pueden estar tranquilos que para este viaje no necesitaremos escafandras.
Cerca de Cartagena de Indias hay un galeón español hundido, el San José. Hace justo un año unos investigadores dieron con él. Y claro, fue verlo y se dispararon cual si fueran cañones por banda, todas las alertas del derecho internacional.
Oro parece y oro lo es
Se trata de un barco de bandera española hundido en la costa colombiana y… ¡a rebosar de lingotes de oro! La pregunta inmediata es: ¿Quién ostenta los derechos de propiedad: España o Colombia? El buque era español pero… ¿lo sigue siendo al hundirse? Ahora está junto a la costa colombiana. Entonces: ¿Colombia puede tener mejor derecho de propiedad sobre él por estar en su litoral?
Si aplicamos la conocida regla de la inmunidad soberana, da igual dónde se encuentre un buque, “en cualesquiera aguas donde esté” se mantienen todos los derechos de propiedad del Estado que tenía cuando estaba operativo. Pero “aviso a navegantes”: esta regla se contiene en la Convención de la Unesco que no está firmada por Colombia por lo que, se antoja a priori un poco complicado que quede obligada por un pacto que no ha firmado. Y en principio podría responder, educadamente por supuesto, con aquello tan marinero de “vete al carajo” si le exige que aplique un precepto que no ha ratificado.
Con la venia de su Señoría
Dicen los entendidos que se avecinan grandes tormentas legales. Incluso los hay más expertos –y más pesimistas también- que hablan hasta de maremotos judiciales. Todo en sentido figurado, no se alarmen. Vaya que aquello de “al abordaje”, se traducirá en este contexto en largas sesiones ante los Tribunales para determinar qué Estado es el legítimo propietario de este galeón que de momento está tranquilo con todas sus riquezas en las profundidades marinas colombianas dónde un día de esos en los que se enfada Poseidón, allí quedó hundido.
Un precedente judicial: La Fragata Nuestra Señora de las Mercedes
Hace poco charlaba con uno de estos expertos y me dijo que la tendencia es optimista. Vaya que parece ser que el maremoto se podría quedar en una marejadilla no más. Me cuenta que ya los Tribunales han estudiado un caso parecido, el famoso “Caso Odyssey”: Toda una “odisea” judicial.
En otros países sí son legales las empresas dedicadas a buscar tesoros. Se pueden quedar con el botín a cambio de dar un porcentaje de lo recuperado al Estado. Y el objeto social de la empresa americana Odyssey era el de cazar tesoros. Todo, como les digo, perfectamente legal en su país que sí lo permite. Cuando hemos visto las películas de Indiana Jones, ¿quién no ha querido ir en la expedición con un arqueólogo de éstos?
Pero en España este trabajo freelance del cazaterosos no es posible. El Código civil desilusiona un poco a todos los estudiantes de Derecho cuando dice aquello de que los tesoros valiosos no serán del dueño de la finca, sino del Estado. Eso sí, incluye algunas compensaciones económicas, que este código es muy equitativo.
Así las cosas, cuando la Fragata Mercedes cayó en la trampa de los ingleses y terminó en las profundidades marinas cerquita de Huelva, la empresa americana, con sus artilugios de geolocalización de la más alta precisión, la encontró y, claro también “sus riquezas”. Pero el Estado español ganó la batalla legal. El Tribunal declaró que el botín era propiedad del Estado español. En el juicio se acudió a la regla de la inmunidad soberana ya que la fragata era (y seguía siendo) de bandera española.
Estas dos ciudades, valen su peso en oro
Hoy esta maravilla se puede ver en el Museo Nacional de Arqueología Subacuática de Cartagena: monedas de oro, de plata, en sacos… ¡un tesoro en toda regla! Y es que, cuando se habla de tesoros, las dos Cartagenas tienen muchos, y no sólo me refiero a los botines de los barcos hundidos. Hay otros que se ven también, sin necesidad de inmersión. Basta pasear por estas ciudades. Yo tengo pendiente aún la visita a Cartagena de Indias, pero todo se andará… O buceará, según proceda. Porque hay otra regla de la Convención que declara la conveniencia de dejar el patrimonio allí dónde se encuentre. ¡Pleitos tengas!