Es una evidencia médica incontestable que el ruido excesivo destroza la salud. Puede provocar dificultades para conciliar el sueño y para la comunicación verbal, malestar diurno fuerte y agravación de patologías psíquicas preexistentes. El sometimiento a un ruido desorbitado produce traumatismo y pérdidas auditivas, vértigos, perturbaciones en el sistema nervioso central, afectaciones respiratorias, cardiacas y circulatorias, hipertensión, fatiga y dolores de cabeza. No menos perniciosos resultan los efectos psicológicos, con padecimientos de angustia, pérdidas de concentración, insomnio e irritabilidad. España es el país más ruidoso del mundo, por detrás de Japón, y el que acumula en la UE el mayor número de infracciones de las directivas ambientales, en cuyo cumplimiento falla estrepitosamente. Siete de cada diez españoles soportan cada día unos niveles de ruido que superan los 70 dB, cuando el límite establecido por la OMS y por la ley del Ruido es de 65 dB. La Constitución (artículos 43 y 45) incluye la contaminación acústica en su ámbito de control. Una exposición prolongada a unos determinados niveles de ruido, que puedan objetivamente calificarse como evitables e insoportables, ha de merecer la protección dispensada al derecho fundamental a la intimidad personal y familiar en el domicilio. De día, el ruido causa malestar moderado a partir de los 50 decibelios (dB), y fuerte a partir de los 55, y durante la noche dificulta o impide el sueño a partir de 30dB.
Entre 2003 y 2010, siempre de madrugada, la Policía Local de Pliego registró numerosas mediciones del ruido en una vivienda fatalmente situada encima de un pub musical: hasta 52 dB en el dormitorio de una familia angustiada que necesitó cuidados médicos después de que sus continuas denuncias cayeran en saco roto. El sonómetro llegó a constatar 58,8 decibelios en la planta baja, 60 en la despensa, y vibraciones en paredes, techo y suelo. Insufrible. El anterior alcalde socialista del pueblo, Juan Guillén, y la regidora actual, Isabel Toledo (PP), hicieron reiteradamente oídos sordos a la pesadilla de los vecinos -y al ordenamiento jurídico que tenían la obligación de acatar-, y no cerraron el pub, por lo que ambos han sido condenados a nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público, como autores de un delito de prevaricación continuado. Una semana después de tan sonrojante resolución judicial, que debería avergonzar a los dos condenados y sacarlos inmediatamente de la vida pública, el PP mantiene a su alcaldesa en el machito, y el PSOE tampoco ha censurado a su ilustre militante.
Todo lo anterior -salvo esta última y misericordiosa mención a PSOE y PP- se contiene en la sentencia 00002/2014, de la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia, una de esas sentencias admirables, por suerte cada vez más habituales, que reconcilian al ciudadano con la Administración de Justicia y lo alejan de los políticos.